Acuerdo de partes de una relación laboral tanto al celebrar, ejecutar o extinguir el contrato o la relación de trabajo.

¿Qué es? ¿De qué se trata?

Presentación y ratificación ante la autoridad administrativa laboral de acuerdos de partes (trabajadora o trabajador y empleadora o empleadora) en virtud de las diversas situaciones que puedan presentarse en la relación laboral, siempre priorizando el principio de buena fe, solidaridad y colaboración.

¿Quién lo puede realizar?

La trabajadora o el trabajador, con o sin patrocinio letrado o acompañado del represéntate sindical. La empleadora o el empleador y/o su representante legal con acreditación de la representación que invoca.

¿Como se hace?

Podra realizar la consulta online y a la brevedad uno de nuestros asesores se comunicara con usted.

SOLICITAR TURNO

¿Cuánto cuesta?

El trámite tiene un costo que solo debe ser abonado por la empleadora o el empleador que será informado al momento de asesoramiento.

Ampliación de la Información-Seguimiento-Consultas

Recomendaciones

En caso de trabajadoras, trabajadores, empleadoras o empleadores que deseen realizar consulta o requieran los servicios de conciliación de la Secretaria de Trabajo a fin de llegar a un avenimiento, solicitamos que NO concurra de manera personal al organismo,  por favor comuníquese a nuestros teléfonos o por vía electrónica. 
Las partes deberán optar por alternativas bancarizadas, vía online, cajeros automáticos, billeteras electrónicas o terminales de autoservicio para el pago de los montos acordados y adjuntar en el expediente los comprobantes de depósito. 
En el supuestos de pago en cheques se deberá identificar de forma exacta los datos (entidad bancaria, N° de serie, fecha de pago y monto) y acompañar en expediente fotocopia de los mismos.